dimecres, 2 d’agost del 2023

Preguntas y respuestas sobre la adopción de las Normas Europeas para la Elaboración de Informes de Sostenibilidad

 Preguntas y respuestas sobre la adopción de las Normas Europeas para la Elaboración de Informes de Sostenibilidad

La legislación de la UE obliga a todas las grandes empresas y a todas las que cotizan en bolsa (salvo las microempresas cotizadas) a divulgar información sobre lo que consideran riesgos y oportunidades derivados de cuestiones sociales y medioambientales, y sobre el impacto de sus actividades en las personas y el medio ambiente. Esto ayuda a los inversores, las organizaciones de la sociedad civil, los consumidores y otras partes interesadas a evaluar los resultados de las empresas en materia de sostenibilidad, como parte del "pacto verde" europeo.

No obstante, existen numerosas pruebas de que la información sobre sostenibilidad que facilitan actualmente las empresas no es suficiente. A menudo omiten información que los inversores y otras partes interesadas consideran importante. La información comunicada puede ser difícil de comparar de una empresa a otra, y los usuarios de la información, como los inversores, a menudo no están seguros de si pueden confiar en ella.

Los problemas en la calidad de los informes de sostenibilidad tienen efectos en cadena. Significa que los inversores carecen de una visión fiable de los riesgos relacionados con la sostenibilidad a los que están expuestas las empresas. Los inversores deben conocer cada vez mejor el impacto de las empresas en las personas y el medio ambiente y sus planes para reducirlo en el futuro. Este conocimiento les ayudará a cumplir sus propios requisitos de divulgación en virtud del Reglamento sobre divulgación de información financiera sostenible (SFDR). En términos más generales, para que el mercado de inversiones ecológicas sea creíble, los inversores necesitan conocer el impacto en la sostenibilidad de las empresas en las que invierten. Sin esa información, el dinero no puede canalizarse hacia actividades respetuosas con el medio ambiente.

Por eso, en consonancia con la Directiva sobre Informes de Sostenibilidad Empresarial (CSRD), que establece la obligación de que las empresas utilicen normas para cumplir sus obligaciones legales de información sobre sostenibilidad, la Comisión está adoptando normas comunes que ayudarán a las empresas a comunicar y gestionar sus resultados en materia de sostenibilidad de manera más eficiente y, por tanto, a tener un mejor acceso a la financiación sostenible.

Las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (NISRS) serán de uso obligatorio para las empresas que, en virtud de la Directiva Contable, estén obligadas a comunicar determinada información sobre sostenibilidad. Al exigir el uso de normas comunes, la Directiva contable, modificada por la Directiva sobre requisitos comunes de información en 2022, pretende garantizar que las empresas de toda la UE comuniquen información sobre sostenibilidad comparable y fiable.

Se espera que las normas comunes ayuden a las empresas a reducir los costes de información a medio y largo plazo, al evitar el uso de múltiples normas voluntarias como ocurre en la actualidad. Actualmente, los problemas en la calidad de los informes de sostenibilidad crean una brecha en la rendición de cuentas. Una información pública fiable y de alta calidad por parte de las empresas contribuirá a crear una cultura de mayor responsabilidad pública.


¿Cómo se han elaborado las NERS?

De conformidad con las disposiciones de la Directiva contable, modificada por la DSAC, las normas adoptadas por la Comisión se basan en el asesoramiento técnico (proyectos de normas) del EFRAG. El EFRAG (anteriormente conocido como Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera) es un órgano consultivo independiente, integrado por múltiples partes interesadas y financiado mayoritariamente por la UE. Sus proyectos de normas se elaboran con la estrecha participación de inversores, empresas, auditores, sociedad civil, sindicatos, académicos y organismos nacionales de normalización. 

El EFRAG presentó sus proyectos de normas a la Comisión en noviembre de 2022, tras haber llevado a cabo una consulta pública sobre los proyectos de normas iniciales a principios del año pasado. A raíz de dicha consulta, el EFRAG introdujo modificaciones sustanciales en sus proyectos iniciales antes de presentarlos a la Comisión, con vistas, en particular, a reducir la carga administrativa para las empresas, incluida la reducción a casi la mitad del número de requisitos de información.

A principios de este año, tal como exige la Directiva contable, la Comisión consultó a los Estados miembros sobre los proyectos de normas presentados por el EFRAG, junto con diversos organismos de la UE, como las tres Autoridades Europeas de Supervisión (la Autoridad Europea de Valores y Mercados, la Autoridad Bancaria Europea y la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación), la Agencia Europea de Medio Ambiente, la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el Banco Central Europeo, el Comité de Organismos Europeos de Supervisión Fiscal y la Plataforma de Finanzas Sostenibles.

De acuerdo con sus Directrices de Mejora de la Legislación, la Comisión también publicó la propuesta final del ESRS en el portal "Have Your Say" a principios de junio para un período de 4 semanas de comentarios públicos.

¿Qué tendrán que comunicar las empresas?

Tal y como exige la Directiva contable, modificada por la DSAC, las NESA adoptan una perspectiva de "doble materialidad", es decir, obligan a las empresas a informar tanto sobre su impacto en las personas y el medio ambiente como sobre la forma en que las cuestiones sociales y medioambientales crean riesgos y oportunidades financieras para la empresa.

De acuerdo con la propuesta del EFRAG, existen 12 ESRS que cubren toda la gama de cuestiones de sostenibilidad:

 


https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/en/qanda_23_4043 

 La NRVS 1 ("Requisitos generales") establece los principios generales que deben aplicarse al informar con arreglo a la NRVS y no establece por sí misma requisitos específicos de divulgación. La NRVS 2 ("Divulgación general") especifica la información esencial que debe divulgarse independientemente del asunto de sostenibilidad que se esté considerando. La NERS 2 es obligatoria para todas las empresas incluidas en el ámbito de aplicación del CSRD.

Todas las demás normas y los requisitos individuales de divulgación y los datos que contienen están sujetos a una evaluación de materialidad. Esto significa que la empresa comunicará únicamente la información pertinente y podrá omitir la información en cuestión que no sea pertinente ("material") para su modelo de negocio y su actividad.

Los requisitos de divulgación sujetos a materialidad no son voluntarios. La información en cuestión debe divulgarse si es material, y el proceso de evaluación de la materialidad por parte de la empresa está sujeto a garantía externa de conformidad con las disposiciones de la Directiva contable. Las normas exigen que las empresas realicen una sólida evaluación de la materialidad para garantizar que se divulgará toda la información sobre sostenibilidad necesaria para cumplir los objetivos y requisitos de la Directiva contable.


Si una empresa llega a la conclusión de que el cambio climático no es un tema material y, por tanto, no informa de acuerdo con esa norma, tiene que dar una explicación detallada de las conclusiones de su evaluación de materialidad con respecto al cambio climático. Este requisito refleja el hecho de que el cambio climático tiene repercusiones amplias y sistémicas en toda la economía.

¿Qué modificaciones ha introducido la Comisión en comparación con los proyectos de normas elaborados por el EFRAG?

La Comisión introdujo una serie de modificaciones en los proyectos de normas presentados por el EFRAG. Estas modificaciones garantizan que las normas sean proporcionadas, sin socavar la consecución de los objetivos políticos. Las modificaciones se dividen en tres categorías principales: introducción progresiva de determinados requisitos de información; mayor flexibilidad para que las empresas decidan exactamente qué información es pertinente ("material") en sus circunstancias; y carácter voluntario de algunos de los requisitos propuestos. 

En primer lugar, la Comisión ha introducido algunas disposiciones adicionales de introducción progresiva para algunos de los requisitos de información, además de determinadas disposiciones de introducción progresiva ya propuestas por el EFRAG. Estas disposiciones adicionales se aplican principalmente a las empresas con menos de 750 empleados. Los costes de la información son relativamente más elevados para estas empresas que para las de mayor tamaño, y por lo general no han estado sujetas anteriormente a requisitos de sostenibilidad. Las disposiciones adicionales de introducción gradual dan a las empresas más tiempo para prepararse, les permiten repartir los costes iniciales a lo largo de varios años y deberían dar lugar a informes de mayor calidad. Las disposiciones adicionales se centran en los requisitos de información considerados más difíciles para las empresas. Entre ellos se incluyen determinados requisitos de información sobre biodiversidad y sobre diversas cuestiones sociales. Dependiendo del tema, las nuevas disposiciones de introducción gradual posponen la correspondiente obligación de información durante 1 o 2 años para las empresas afectadas.

En segundo lugar, la Comisión ha dado a las empresas más flexibilidad para decidir exactamente qué información es pertinente en sus circunstancias particulares. Esto evitará los costes asociados a la notificación de información que puede no ser pertinente. En segundo lugar, la Comisión ha dado a las empresas más flexibilidad para decidir exactamente qué información es pertinente en sus circunstancias particulares, lo que evitará los costes asociados a la información que puede no serlo. 

 
El EFRAG propuso que la mayoría de las normas se sometieran a una evaluación de materialidad, pero propuso, no obstante, que las siguientes fueran obligatorias para todas las empresas la norma transversal ESRS 2 ("Divulgaciones generales"), que especifica la información esencial que debe divulgarse con independencia del asunto de sostenibilidad que se esté considerando; la norma climática; algunos requisitos de información sobre la propia plantilla de la empresa; y los puntos de datos que corresponden a la información requerida por los participantes en los mercados financieros, los administradores de índices de referencia y las entidades financieras para sus propios fines de información, respectivamente en virtud del Reglamento sobre divulgación de información financiera sostenible (SFDR), el Reglamento sobre índices de referencia (BMR) o los requisitos de divulgación del "pilar 3" en virtud del Reglamento sobre requisitos de capital (CRR). La Comisión decidió que todos los requisitos de información debían estar sujetos al principio de importancia relativa, a excepción de la NERS 2.

En tercer lugar, la Comisión decidió que un número limitado de requisitos de información fueran voluntarios en lugar de obligatorios. Los proyectos de normas presentados por el EFRAG ya incluían muchos datos voluntarios. Además, la Comisión convirtió en voluntarios varios de los puntos de datos obligatorios propuestos por el EFRAG. Se trata de los datos que actualmente se consideran más difíciles o costosos para las empresas, como la notificación de un plan de transición a la biodiversidad y determinados indicadores sobre trabajadores autónomos y trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal en la propia plantilla de la empresa.  

¿Qué significa el enfoque de la materialidad para la coherencia con otros actos legislativos de la UE sobre finanzas sostenibles?

El ESRS contiene una serie de puntos de referencia claramente identificados que corresponden a información específica que los participantes en los mercados financieros, los administradores de índices de referencia y las entidades financieras necesitan para sus propios fines de información, respectivamente en virtud del Reglamento sobre divulgación de información financiera sostenible (SFDR), el Reglamento sobre índices de referencia (BMR) o los requisitos de divulgación del "pilar 3" en virtud del Reglamento sobre requisitos de capital (CRR).

Si una empresa llega a la conclusión de que un dato derivado del SFDR, el BMR o el CRR no es importante, tendrá que declarar explícitamente que el dato en cuestión "no es importante" en lugar de limitarse a no informar. Además, las empresas tendrán que proporcionar una tabla con todos esos datos, indicando dónde se encuentran en su declaración de sostenibilidad o declarando "no material", según proceda.

Estas disposiciones tienen por objeto facilitar el cumplimiento por parte de los participantes en los mercados financieros, los administradores de índices de referencia y las entidades financieras de sus propias obligaciones de información, respectivamente en virtud de la SFDR, el BMR y el CRR.

Se proporcionarán más aclaraciones en los marcos respectivos o en las normas de aplicación relacionadas con el enfoque que debe adoptarse cuando una empresa haya evaluado un dato derivado del SFDR, el BMR o el CRR como no material y, por lo tanto, haya declarado "no material" en su información. Los participantes en los mercados financieros y los asesores financieros pueden asumir que cualquier indicador comunicado como no material por una empresa participada no contribuye al indicador correspondiente de los principales impactos adversos en el contexto de las divulgaciones del SFDR.

¿Qué ocurre con las PYME?

La Directiva contable, modificada por las DRSC, no impone nuevos requisitos de información a las PYME, excepto a las que cotizan en bolsa.

Para las PYME que cotizan en bolsa, la Directiva contable prevé, no obstante, un régimen de información proporcionado. Las PYME que cotizan en bolsa no están obligadas a presentar información sobre sostenibilidad hasta el ejercicio 2026, con la posibilidad de una exención adicional de dos años a partir de entonces. Además, las PYME cotizadas podrán informar con arreglo a normas separadas y proporcionadas que serán menos exigentes que el conjunto completo de NERS que la Comisión acaba de adoptar.  El EFRAG está elaborando actualmente los borradores de las normas proporcionadas para las PYME que cotizan en bolsa.

Algunas PYME no cotizadas, que no están sujetas a ningún requisito de información sobre sostenibilidad en virtud de la Directiva contable, pueden, no obstante, recibir solicitudes de información sobre sostenibilidad de clientes, bancos, inversores u otras partes interesadas. Por ello, el EFRAG también está elaborando normas voluntarias más sencillas para uso de las PYME no cotizadas. Estas normas voluntarias deberían permitir a las PYME no cotizadas responder a las solicitudes de información sobre sostenibilidad de manera eficiente y proporcionada, facilitando así su participación en la transición hacia una economía sostenible.

Además, la Directiva contable establece que las normas para las PYME que cotizan en bolsa limitarán legalmente la información que el ESRS puede exigir a las grandes empresas que obtengan de las PYME en sus cadenas de valor. Esta disposición ofrece más salvaguardias contra los efectos de filtración desproporcionados de los requisitos de información sobre las PYME que forman parte de las cadenas de valor de empresas más grandes.

¿Dónde pueden obtener las empresas más orientaciones sobre la aplicación de las NIIF?

El EFRAG publicará periódicamente orientaciones técnicas adicionales no vinculantes sobre la aplicación de las NIIF. Dada su experiencia y su papel, establecido en la Directiva contable modificada por el CSRD, como asesor técnico de la Comisión en el desarrollo de las NIIF, el EFRAG está muy bien situado para proporcionar dicha orientación.

La Comisión ha sugerido que el EFRAG dé prioridad a la elaboración de orientaciones sobre la evaluación de la materialidad y sobre la información relativa a las cadenas de valor. El EFRAG espera publicar próximamente para consulta pública un proyecto de orientaciones sobre estas dos cuestiones.

El EFRAG albergará en breve un portal para las preguntas técnicas que las empresas u otras partes interesadas puedan tener sobre la aplicación del ESRS.

Cuando proceda, la Comisión estudiará la posibilidad de proporcionar orientaciones sobre cuestiones relativas a la interpretación jurídica de las NERS.

El EFRAG proseguirá su trabajo conjunto con la ISSB para optimizar la interoperabilidad de las normas del ESRS y de la ISSB que se solapan, lo que es pertinente para las empresas obligadas a utilizar el ESRS y que deseen cumplir además las normas de la ISSB.

¿Está el ESRS en consonancia con las normas mundiales?

La Comisión ha trabajado para garantizar un nivel muy elevado de armonización entre las NERS y las normas del Consejo de Normas Internacionales de Sostenibilidad (ISSB) y la Iniciativa Mundial de Presentación de Informes (GRI).


Desde el principio del desarrollo del borrador de las NERS por parte del EFRAG, el GRI sirvió como punto de referencia importante, y muchos de los requisitos de información de las NERS se inspiraron en las normas del GRI.

El ESRS y las dos primeras normas del ISSB, que se publicaron en junio, se han desarrollado en paralelo. Los intensos y constructivos debates entre la Comisión, el EFRAG y el ISSB han garantizado un alto grado de armonización en los casos en que ambos conjuntos de normas se solapan.

Las empresas que estén obligadas a informar sobre el cambio climático con arreglo a las NERS comunicarán en gran medida la misma información que las empresas que utilicen la norma de la ISSB sobre información relacionada con el clima. Las revelaciones sobre el cambio climático con arreglo a la ESRS proporcionarán información adicional sobre impactos relevantes para usuarios distintos de los inversores, como socios comerciales, sindicatos, interlocutores sociales y académicos.   

El alto grado de alineación entre la ESRS y las dos normas de la ISSB pretende evitar que las empresas obligadas a informar de conformidad con la ESRS y que deseen cumplir también las normas de la ISSB, tengan que informar por separado con arreglo a las normas de la ISSB.


Con la adopción de la ESRS, la UE va más lejos que cualquier otra jurisdicción importante hasta la fecha en cuanto a la integración de las normas de la ISSB en su propio marco jurídico. De este modo, la UE realiza una importante contribución al desarrollo de un marco global coherente y a la comparabilidad global de la información sobre sostenibilidad. El planteamiento de integrar los requisitos de divulgación de la ISSB en las NERS también está en plena consonancia con la ambición de la reciente decisión de la OICV de respaldar las normas de divulgación relacionadas con la sostenibilidad de la ISSB.

Al mismo tiempo, las NERS son coherentes con las propias ambiciones políticas de la UE en relación con las finanzas sostenibles y el Acuerdo Verde Europeo. La ESRS contiene normas temáticas que abarcan toda la gama de cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza, mientras que la ISSB ha publicado hasta ahora una norma temática detallada únicamente sobre el clima. Además, y tal como exige la DSCD, las NERS requieren explícitamente que se informe sobre el impacto de la empresa en las personas y el medio ambiente, así como sobre el modo en que las cuestiones sociales y medioambientales crean riesgos y oportunidades financieras para la empresa. Las normas ISSB, en cambio, se centran más exclusivamente en cómo las cuestiones sociales y medioambientales crean riesgos y oportunidades financieras para la empresa.

¿Qué ocurrirá a partir de ahora y cuándo tendrán que aplicar las empresas las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad?

El acto delegado del RRS adoptado por la Comisión se transmitirá formalmente en la segunda quincena de agosto al Parlamento Europeo y al Consejo para su examen. El periodo de examen es de dos meses, prorrogable otros dos. El Parlamento Europeo o el Consejo pueden rechazar el acto delegado, pero no modificarlo.

Las empresas tendrán que empezar a informar con arreglo al ESRS de acuerdo con el siguiente calendario:  

    Empresas anteriormente sujetas a la Directiva sobre información no financiera (NFRD) (grandes empresas que cotizan en bolsa, grandes bancos y grandes empresas de seguros, todas ellas si tienen más de 500 empleados), así como grandes empresas que no cotizan en bolsa en la UE con más de 500 empleados: ejercicio 2024, con la primera declaración de sostenibilidad publicada en 2025.
    Otras grandes empresas, incluidas otras grandes empresas no cotizadas en la UE: ejercicio 2025, con primera declaración de sostenibilidad publicada en 2026.
    PYME cotizadas, incluidas las que no cotizan en la UE: ejercicio 2026, con la primera declaración de sostenibilidad publicada en 2027.  No obstante, las PYME cotizadas pueden optar por no cumplir los requisitos de información durante dos años más. La última fecha posible para que una PYME cotizada comience a informar es el ejercicio 2028, con la primera declaración de sostenibilidad publicada en 2029.

Además, las empresas no pertenecientes a la UE que generen más de 150 millones de euros al año en la UE y que tengan en la UE una sucursal con un volumen de negocios superior a 40 millones de euros o una filial que sea una gran empresa o una PYME que cotice en bolsa tendrán que informar sobre los impactos de la sostenibilidad a nivel de grupo de esa empresa no perteneciente a la UE a partir del ejercicio 2028, con la primera declaración de sostenibilidad publicada en 2029. Se adoptarán normas separadas específicamente para este caso.

Why is the Commission adopting European Sustainability Reporting Standards (ESRS)?

EU law requires all large companies and all listed companies (except listed micro-enterprises) to disclose information on what they see as the risks and opportunities arising from social and environmental issues, and on the impact of their activities on people and the environment. This helps investors, civil society organisations, consumers and other stakeholders to evaluate the sustainability performance of companies, as part of the European green deal.

Nonetheless, there is ample evidence that the sustainability information that companies currently report is not sufficient. They often omit information that investors and other stakeholders think is important. Reported information can be hard to compare from company to company, and users of the information, such as investors, are often unsure whether they can trust it.

Problems in the quality of sustainability reporting have knock-on effects. It means that investors lack a reliable overview of sustainability-related risks to which companies are exposed. Investors increasingly should be made aware about the impact of companies on people and the environment and their plans to reduce such impacts in the future. This knowledge will help them to meet their own disclosure requirements under the Sustainable Finance Disclosure Regulation (SFDR). More generally, if the market for green investments is to be credible, investors need to know about the sustainability impact of the companies in which they invest. Without such information, money cannot be channelled towards environmentally friendly activities.

That is why, in line with the Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD), which outlines the obligation for companies to use standards to fulfil their legal sustainability reporting obligations, the Commission is adopting  common standards which will help companies to communicate and manage their sustainability performance more efficiently and therefore to have better access to sustainable finance.

The European Sustainability Reporting Standards (ESRS) will be mandatory for use by companies that are obliged by the Accounting Directive to report certain sustainability information. By requiring the use of common standards, the Accounting Directive, as amended by the CSRD  in 2022, aims to ensure that companies across the EU report comparable and reliable sustainability information. 

Common standards are expected to help companies to reduce reporting costs in the medium and long term, by avoiding the use of multiple voluntary standards as this is the case today. Currently, problems in the quality of sustainability reporting create an accountability gap. High quality and reliable public reporting by companies will help create a culture of greater public accountability.

How have the ESRS been developed?

In accordance with the provisions of the Accounting Directive, as amended by the CSRD, the standards adopted by the Commission are based on technical advice (draft standards) from EFRAG. EFRAG (previously known as the European Financial Reporting Advisory Group) is an independent, multistakeholder advisory body, majority funded by the EU. Its draft standards are developed with the close involvement of investors, companies, auditors, civil society, trade unions, academics and national standard-setters. 

EFRAG submitted its draft standards to the Commission in November 2022, after having run a public consultation on initial draft standards earlier last year. Further to that consultation, EFRAG made substantial modifications to its initial drafts before submission to the Commission with a particular view on reducing administrative burden for companies, including reducing the number of reporting requirements by nearly half. 

Earlier this year, as required by the Accounting Directive, the Commission consulted Member States on the draft standards submitted by EFRAG, along with various EU bodies such as the 3 European Supervisory Authorities (the European Securities and Markets Authority, the European Banking Authority and the European Insurance and Occupational Pensions Authority),the European Environment Agency, the European Union Agency for Fundamental Rights, the European Central Bank, the Committee of European Auditing Oversight Bodies and the Platform on Sustainable Finance.

In accordance with its Better Regulation Guidelines, the Commission also published the proposed final ESRS on the Have Your Say portal in early June for a 4-week period of public comment.

What will companies have to report?

As required by the Accounting Directive, as amended by the CSRD, the ESRS take a “double materiality” perspective – that is to say, they oblige companies to report both on their impacts on people and the environment, and on how social and environmental issues create financial risks and opportunities for the company.

There are 12 ESRS, covering the full range of sustainability issues, in line with EFRAG's proposal:

Group

Number

Subject

Cross-cutting

ESRS 1

General Requirements

Cross-cutting

ESRS 2

General Disclosures

Environment

ESRS E1

Climate

Environment

ESRS E2

Pollution

Environment

ESRS E3

Water and marine resources

Environment

ESRS E4

Biodiversity and ecosystems

Environment

ESRS E5

Resource use and circular economy

Social

ESRS S1

Own workforce

Social

ESRS S2

Workers in the value chain

Social

ESRS S3

Affected communities

Social

ESRS S4

Consumers and end users

Governance

ESRS G1

Business conduct

ESRS 1 (“General Requirements”) sets general principles to be applied when reporting according to ESRS and does not itself set specific disclosure requirements. ESRS 2 (“General Disclosures”) specifies essential information to be disclosed irrespective of which sustainability matter is being considered. ESRS 2 is mandatory for all companies under the CSRD scope.

All the other standards and the individual disclosure requirements and datapoints within them are subject to a materiality assessment. This means that the company will report only relevant information and may omit the information in question that is not relevant (“material”) for its business model and activity.

Disclosure requirements subject to materiality are not voluntary. The information in question must be disclosed if it is material, and the undertaking's materiality assessment process is subject to external assurance in accordance with the provisions of the Accounting Directive. The standards require undertakings to perform a robust materiality assessment to ensure that all sustainability information necessary to meet the objectives and requirements of the Accounting Directive will be disclosed.

If a company concludes that climate change is not a material topic and therefore does not report in accordance with that standard, it has to provide a detailed explanation of the conclusions of its materiality assessment with regard to climate change. This requirement reflects the fact that climate change has wide-ranging and systemic impacts across the economy.

What modifications did the Commission make compared to the draft standards developed by EFRAG?

The Commission made a number of modifications to the draft standards submitted by EFRAG. These modifications ensure that the standards are proportionate, without undermining the achievement of the policy objectives. The modifications fall into three main categories: phasing-in certain reporting requirements; giving companies more flexibility to decide exactly what information is relevant (“material”) in their circumstances; and making some of the proposed requirements voluntary.

Firstly, the Commission has introduced some additional phase-in provisions for some of the reporting requirements, on top of certain phase-in provisions already proposed by EFRAG. These additional phase-ins mainly apply to companies with fewer than 750 employees. The costs of reporting are relatively higher for such companies compared to larger companies, and they have generally not previously been subject to sustainability requirements. The additional phase-in provisions give companies more time to prepare, allow them to spread the initial costs over a number of years and should result in higher quality reporting. The additional phase-ins focus on those reporting requirements considered more challenging for companies. They include certain reporting requirements on biodiversity and on various social issues. Depending on the topic, the new phase-in provisions postpone the corresponding reporting requirement for 1 or 2 years for the companies concerned.

Secondly, the Commission has given companies more flexibility to decide exactly what information is relevant in their particular circumstances. This will avoid the costs associated with reporting information that may not be relevant. This is referred to as making more of the reporting requirements “subject to materiality” (i.e. it allows companies to omit information if it is not relevant in their particular circumstances), as opposed to being mandatory for all companies. 

EFRAG proposed that the majority of the standards would be subject to materiality assessment, but nevertheless proposed that the following be mandatory for all companies: the cross-cutting standard ESRS 2 (“General Disclosures”), which specifies essential information to be disclosed irrespective of which sustainability matter is being considered; the climate standard; some reporting requirements about the company's own workforce; and datapoints that correspond to information required by financial market participants, benchmark administrators and financial institutions for their own reporting purposes respectively under the Sustainable Finance Disclosure Regulation (SFDR), the Benchmarks Regulation (BMR) or the “pillar 3” disclosure requirements under the Capital Requirements Regulation (CRR). The Commission decided that all the reporting requirements should be subject to materiality, with the exception of ESRS 2.

Thirdly, the Commission made a limited number of reporting requirements voluntary instead of mandatory. The draft standards submitted by EFRAG already included many voluntary datapoints. The Commission further converted a number of the mandatory datapoints proposed by EFRAG into voluntary datapoints. The datapoints concerned are those currently considered most challenging or costly for companies, such as reporting a biodiversity transition plan and certain indicators about self-employed people and agency workers in the undertaking's own workforce.  

What does the approach to materiality mean for coherence with other pieces of EU legislation on sustainable finance?

ESRS contain a series of clearly identified datapoints that correspond to specific information that financial market participants, benchmark administrators and financial institutions need for their own reporting purposes respectively under the Sustainable Finance Disclosure Regulation (SFDR), the Benchmark Regulation (BMR) or the “pillar 3” disclosure requirements under the Capital Requirements Regulation (CRR).

If a company concludes that a datapoint deriving from the SFDR, the BMR or the CRR is not material, it will have to explicitly state that the datapoint in question is “not material” rather than just reporting no information. In addition, companies will have to provide a table with all such datapoints, indicating where they are to be found in its sustainability statement or stating “not material” as appropriate.

These provisions aim to facilitate the compliance of financial market participants, benchmarks administrators and financial institutions with their own disclosure obligations respectively under the SFDR, the BMR and the CRR.

Further clarifications will be provided under the respective frameworks or related implementing standards regarding the approach to be taken when a company has assessed a datapoint derived from the SFDR, the BMR or the CRR as not material and has therefore stated “not material” in its reporting. Financial market participants and financial advisers may assume that any indicator reported as non-material by an investee company does not contribute to the corresponding indicator of principal adverse impacts in the context of the SFDR disclosures.

What about SMEs?

The Accounting Directive, as amended by the CSRD, imposes no new reporting requirements on SMEs, except listed SMEs.

For listed SMEs, the Accounting Directive nevertheless provides for a proportionate reporting regime. Listed SMEs are not required to report sustainability information until financial year 2026, with the possibility of an additional two-year opt-out after that. In addition, listed SMEs may report according to separate, proportionate standards that will be less demanding than the full set of ESRS that the Commission has just adopted.  EFRAG is currently developing the draft versions of the proportionate standards for listed SMEs.

Some non-listed SMEs, which are not subject to any sustainability reporting requirements under the Accounting Directive, may nevertheless receive requests for sustainability information from customers, banks, investors or other stakeholders. EFRAG is therefore also developing simpler, voluntary standards for use by non-listed SMEs. These voluntary standards should enable non-listed SMEs to respond to request for sustainability information in an efficient and proportionate manner, and so facilitate their participation in the transition to a sustainable economy.

In addition, the Accounting Directive states that the standards for listed SMEs will legally cap the information which ESRS can require large undertakings to obtain from SMEs in their value chains. This provision provides further safeguards against disproportionate trickle-down effects on reporting requirements on SMEs which are in the value-chains of larger companies.

Where can companies get further guidance on the application of ESRS?

EFRAG will periodically publish additional non-binding technical guidance on the application of ESRS. Given its expertise and its role, set out in the Accounting Directive as amended by the CSRD, as the Commission's technical advisor on the development of ESRS, EFRAG is very well placed to provide such guidance.

The Commission has suggested that EFRAG prioritises the development of guidance on materiality assessment and on reporting with regard to value chains. EFRAG expects to publish draft guidance on these two issues for public consultation in the near future.

EFRAG will shortly host a portal for technical questions that companies, or other stakeholders may have about the application of ESRS.

Where appropriate, the Commission will consider providing guidance on questions concerning legal interpretation of the ESRS.

EFRAG will continue its joint work with the ISSB on optimising the interoperability of overlapping ESRS and ISSB standards, which is relevant for companies required to use ESRS and that wish to comply in addition with ISSB standards.

Are ESRS aligned with global standards?

The Commission has worked to ensure a very high level of alignment between ESRS and the standards of the International Sustainability Standards Board (ISSB) and the Global Reporting Initiative (GRI).

From the beginning of the development of draft ESRS by EFRAG, the GRI served as an important reference point, and many of the reporting requirements in ESRS were inspired by the GRI standards.

The ESRS and the first two standards of the ISSB, which were published in June, have been developed in parallel. Intensive and constructive discussions between the Commission, EFRAG and the ISSB have ensured a very high degree of alignment where the two sets of standards overlap.

Companies that are required to report in accordance with ESRS on climate change will to a very large extent report the same information as companies that will use the ISSB standard on climate-related disclosures. Climate change disclosures under ESRS will provide additional information on impacts relevant for users other than investors such as business partners, trade unions, social partners, and academics.   

The very high degree of alignment between ESRS and the two ISSB standards aim to prevent that companies required to report in accordance with ESRS and that wish to also comply with ISSB standards, would have to report separately under ISSB standards.

With the adoption of the ESRS, the EU goes further than any other major jurisdiction to date in terms of integrating the ISSB standards into its own legal framework. In doing so, the EU makes a major contribution towards the development of a coherent global framework and towards the global comparability of reported sustainability information. The approach of integrating ISSB disclosure requirements into ESRS is also fully in line with the ambition of the recent IOSCO decision to endorse ISSB sustainability-related disclosure standards.

At the same time, ESRS are consistent with the EU's own political ambitions with regard to sustainable finance and the European Green Deal. The ESRS contains topical standards covering the full range of environmental, social and governance issues, while the ISSB has so far published a detailed topical standard on climate only. In addition, and as required by the CSRD, ESRS explicitly require reporting on the company's impacts on people and the environment as well as reporting on how social and environmental issues create financial risks and opportunities for the company. The ISSB standards, in contrast, focus more exclusively on how social and environmental issues create financial risks and opportunities for the company.

What happens next and when do companies have to apply European Sustainability Reporting Standards?

The ESRS delegated act adopted by the Commission will be formally transmitted in the second half of August to the European Parliament and to the Council for scrutiny. The scrutiny period runs for two months, extendable by a further two months. The European Parliament or the Council may reject the delegated act, but they may not amend it. 

Companies will have to start reporting under ESRS according to the following timetable:  

  • Companies previously subject to the Non-Financial Reporting Directive (NFRD) (large listed companies, large banks and large insurance undertakings – all if they have more than 500 employees), as well as large non-EU listed companies with more than 500 employees: financial year 2024, with first sustainability statement published in 2025.
  • Other large companies, including other large non-EU listed companies: financial year 2025, with first sustainability statement published in 2026.
  • Listed SMEs, including non-EU listed SMEs: financial year 2026, with first sustainability statements published in 2027.  However, listed SMEs may decide to opt out of the reporting requirements for a further two years. The last possible date for a listed SME to start reporting is financial year 2028, with first sustainability statement published in 2029.

In addition, non-EU companies that generate over EUR 150 million per year in the EU and that have in the EU either a  branch with a turnover exceeding EUR 40 million or a subsidiary that is a large company or a listed SME will have to report on the sustainability impacts at the group level of that non-EU company as from financial year 2028, with first sustainability statement published in 2029. Separate standards will be adopted specifically for this case.

For more information

Implementing and delegated acts - CSRD

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Q&A adoption of European Sustainability Reporting Standards
 
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·             https://informesnofinancieros.blogspot.com/2023/08/que-es-el-sfdr-y-como-afecta-tu.html

·             https://informesnofinancieros.blogspot.com/2023/08/la-verificacion-externa-de-los-informes.html

·           https://informesnofinancieros.blogspot.com/2023/08/informacion-en-materia-de.html

·           https://informesnofinancieros.blogspot.com/2023/08/del-einf-al-informe-de-sostenibilidad-y.html

·        https://drive.google.com/drive/folders/1_h0kpHhwlGdhKg3jCzm_eu0Qee_xZcpx

·        https://drive.google.com/drive/folders/1ANQGfb9f09-mCAYjJEGEIoqnjJkB-i2w·     

·         https://forosenar.blogspot.com/2023/08/haciendo-realidad-la-revolucion-asg.html

·          https://auditoriainformesnofinancieros.blogspot.com/2023/08/esrs-new-chapter-in-sustainability.html

·         https://auditoriainformesnofinancieros.blogspot.com/2023/08/como-opinan-los-auditores-de-la.html

·         https://forosenar.blogspot.com/2023/08/valores-asg-y-su-efecto-en-las.html

·         https://forosenar.blogspot.com/2023/08/medir-lo-que-importa-la-contabilidad.html

·          https://auditoriainformesnofinancieros.blogspot.com/2023/08/requisitos-mas-estrictos-de-informacion.html

·        https://auditoriainformesnofinancieros.blogspot.com/2023/08/informacion-en-materia-de_1.htm

 

dimarts, 1 d’agost del 2023

INFORMACIÓN EN MATERIA DE SOSTENIBILIDAD:

  INFORMACIÓN EN MATERIA DE SOSTENIBILIDAD:

El pasado mes de abril, la Comisión Europea publicó una propuesta de normas sobre información corporativa en materia de sostenibilidad, que amplía su ámbito de aplicación y alcance, ya que no se limita a “información no financiera” sino a otras cuestiones que no tienen que ver con el resultado financiero de la entidad.
 
La propuesta de directiva COM/2021/189 final tiene por objeto, según la Comisión: reducir la brecha que existe entre la información que las entidades presentan y lo que los inversores necesitan para valorar los riesgos de sostenibilidad de sus inversiones; facilitar a las entidades herramientas con la precisión necesaria para informar sobre estos temas y que esta información sea accesible fácilmente por medios electrónicos. Sin embargo, al margen de hacerse eco de que esta información deba ser verificada por un experto independiente, poco se ha comentado de la parte de la propuesta que afecta a la Directiva de auditoría y el Reglamento de auditoría de entidades de interés público, y es una propuesta de modificación significativa.
 
En primer lugar, porque se considera que al verificar los estados financieros y el informe de gestión, el que sean los auditores los que lleven a cabo la verificación de la información en materia de sostenibilidad asegura la conexión y coherencia entre la información financiera y la relativa a sostenibilidad. Si bien, para evitar la concentración en el mercado, se permite que los estados miembro puedan disponer que otros expertos puedan prestar estos servicios. Adicionalmente, para conseguir un resultado similar de la verificación, en caso de que se autoricen a otros expertos, la propuesta plantea exigir que dichos expertos estén sujetos a requerimientos que sean congruentes con los incluidos en la directiva de auditoría.
 
En segundo lugar, porque a efectos de que los requerimientos que se exigen a los auditores para la realización de las auditorías sobre estados financieros sean coherentes con los exigidos cuando realizan encargos que proporcionan un grado de seguridad sobre información en materia de sostenibilidad, cuando sea el auditor o firma de auditoría quien opine sobre ambos informes, el socio o socios clave de la auditoría participen de manera activa en la parte relacionada con la sostenibilidad y, en consecuencia, le destine el tiempo y se asignen los recursos adecuados para que puedan llevar a cabo el encargo adecuadamente.
 
Ello hace que sea necesario, entre otros aspectos, la:
  • Redefinición del objeto de la directiva 2006/43 que también será de aplicación cuando el auditor o firma de auditoría emita una opinión sobre la información en materia de sostenibilidad.
  • Redefinición del término auditor que incluye a la persona autorizada para llevar a cabo auditorías legales y encargos que proporcionan un grado de seguridad sobre información en materia de sostenibilidad y de firma de auditoría.
  • Ampliación de los requerimientos de formación, examen de competencia profesional y formación práctica que deberán incluir el conocimiento teórico y práctico necesario para abordar este tipo de trabajos.
  • Extensión de los requerimientos de independencia, ética objetividad y secreto profesional a los encargos que proporcionan un grado de seguridad sobre la información en materia de sostenibilidad.
  • Introducción de cambios en el informe de auditoría y del encargo que proporciona un grado de seguridad
La propuesta también recoge aspectos como el régimen de supervisión, sanciones, nombramiento y cese u organización del trabajo y calidad.
 
Sin haber todavía profundizado en el texto de la propuesta y algunas dudas que surgen sobre su aplicación, llama la atención algo que hemos reclamado desde la corporación con la transposición de la directiva vigente de 2014 y que obliga en España a la verificación externa de la información no financiera: la definición de los requerimientos aplicables al verificador en caso de no ser un auditor.
 
Con esta propuesta, el regulador europeo pone en valor la experiencia y capacidad del auditor para llevar a cabo encargos que proporcionen un grado de seguridad a la información sobre sostenibilidad y le requiere una formación específica adicional que, para los ya inscritos, puede cubrirse con horas de formación profesional continuada.
 
De alguna manera, la nueva normativa, que inicia ahora su trámite legislativo, debería ser el principio de que más empresas se conciencien de la importancia de las cuestiones relativas a la sostenibilidad; no solo en cómo los riesgos de sostenibilidad les afectan, sino en cómo su actividad afecta al entorno en el que operan; se aborde la necesidad de que la información que proporcionen sea útil, comparable y verificable; y que la verificación esté sujeta a unos parámetros de exigencia, rigor y calidad como la que los auditores ofrecen en la auditoría de estados financieros y con ello iniciar la senda urgente del cumplimiento con los objetivos de desarrollo sostenible.
 
Adela Vila es Directora del Departamento Internacional del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España.
 

https://www.icjce.es/informacion-materia-sostenibilidad-propuestas-comision-europea 


 12 Estándares Europeos de Informes de Sostenibilidad (ESRS)

1. Sobre el clima ESRS 1- Se debe demostrar la no materialidad, lo que significa que el clima va a estar en el alcance de casi todas las empresas 

2. Se ha mantenido la doble materialidad, lo que significa que deben tenerse en cuenta tanto los riesgos para una empresa como los planteados por una empresa 

3. Se requiere la presentación de informes a lo largo de la cadena de valor, pero algunas disposiciones de alivio e introducción gradual suavizan este requisito 

4. Los Estados de la UE adoptarán el ESRS para finales de 2023, con informes obligatorios en el marco de la CDS a partir de 2024 

5. Las divulgaciones deben proporcionarse para que puedan estar sujetas a garantía

https://finance.ec.europa.eu/regulation-and-supervision/financial-services-legislation/implementing-and-delegated-acts/corporate-sustainability-reporting-directive_en

The Directive on corporate sustainability reporting (CSRD) empowers the Commission to adopt delegated and implementing acts to specify how competent authorities and market participants shall comply with the obligations laid down in the directive.

Commission Delegated Regulation supplementing Directive 2013/34/EU as regards sustainability reporting standards (not in force until it is published in the Official Journal)

Annex 1 to the Commission Delegated Regulation supplementing Directive 2013/34/EU as regards sustainability reporting standards (not in force until it is published in the Official Journal)

Annex 2 to the Commission Delegated Regulation supplementing Directive 2013/34/EU as regards sustainability reporting standards (not in force until it is published in the Official Journal)

Questions and answers on the adoption of European Sustainability Reporting Standards

Timeline of the initiative, stakeholder's feedback and other language versions

https://ec.europa.eu/info/law/better-regulation/have-your-say/initiatives/13765-European-Sustainability-Reporting-Standards_es

 

·       https://auditoriainformesnofinancieros.blogspot.com/2023/08/como-opinan-los-auditores-de-la.html

·       https://informesnofinancieros.blogspot.com/2023/08/informacion-en-materia-de.html

·  https://informesnofinancieros.blogspot.com/2023/08/esrs-normas-europeas-de-informacion.html

·  https://informesnofinancieros.blogspot.com/2023/08/que-es-el-sfdr-y-como-afecta-tu.html

·  https://informesnofinancieros.blogspot.com/2023/08/la-verificacion-externa-de-los-informes.html

·       https://drive.google.com/drive/folders/1_h0kpHhwlGdhKg3jCzm_eu0Qee_xZcpx

·       https://drive.google.com/drive/folders/1ANQGfb9f09-mCAYjJEGEIoqnjJkB-i2w

·       https://bee.revistas.deusto.es/article/view/2427/3289