Muy buen articulo de las compañeras de la EBC,Veronica Gomez y Charo Gomez-Alvarez publicado en el CIREC:
La economía del bien común y la economía social y solidaria,
¿son teorías complementarias?
Con referencias a Zamagni,Sen,Ostrom,North,Argandoña, remarcando las diferencias entre el bien comun,los bienes comunales,los bienes publicos, remarcando la EBC como un proceso abierto al debate,un proceso de mejora continua, que sumadas a otras alternativas socioeconomicas tienen el fin comun de democratizar y humanizar la economia
La economía del bien común y la economía social y solidaria, ¿son teorías complementarias?
Con referencias a Zamagni,Sen,Ostrom,North,Argandoña, remarcando las diferencias entre el bien común,los bienes comunales,los bienes públicos, remarcando la EBC como un proceso abierto al debate,un proceso de mejora continua, que sumadas a otras alternativas socioeconómicas tienen el fin común de democratizar y humanizar la economía
Nuestro propósito es determinar si existe complementariedad entre la Economía Social y Solidaria y la Economía del Bien Común pues ambas comparten el propósito de construir una economía basada en valores y con objetivos sociales. Una vez presentadas ambas teorías, se realiza una comparativa de los aspectos comunes: la visión antropológica del hombre, la democracia como principio de construcción desde lo local y el activismo. Por otro lado, se identifica las diferencias respecto a la empresa, el capital, el valor social, la amplitud de las relaciones mercantilistas y el papel del sector público. Nuestra conclusión es que ambas propuestas ofrecen aspectos complementarios para generar un proceso de transformación económico, político y social
1. Introduccion
2. Economia social y solidaria
3.La economía del bien común
4.Hay complementariedad en estas dos propuestas
5.Conclusiones
Articulo entero en:
http://www.ciriec-revistaeconomia.es/banco/8704_Gomez_Gomez_OLF.pdf
4.1 Elementos comunes
La EES cuenta con aportaciones desde los años 70 desde el ámbito práctico, que lleva parejo un desarrollo teórico muy amplio. Por su parte, la EBC inicia su trayectoria en 2010 con una propuesta teórica muy concreta, basada en reflexiones sobre la realidad actual, pero sin contar con experiencias expresas de Economía del Bien Común. A pesar de ello, consideramos que ambas corrientes tienen una serie de elementos comunes como son: una visión antropológica basada en el hombre como ser social y la importancia de los valores, la aspiración para construir un modelo económico alternativo fundamentado en la democracia como metodología de construcción y la sociedad civil, el activismo social y político y el cambio de modelo desde lo local. Frente a la antropología subyacente de la economía de mercado capitalista que reduce las motivaciones del ser humano al homo economicus, la EES y la EBC reivindican un paradigma de hombre social, apelando a la existencia de la multidimensionalidad de las motivaciones. Asimismo,comparten el supuesto de la existencia de valores en la naturaleza humana, que se extiende a todas las relaciones sociales. El marco epistemológico de esta afirmación reside en el análisis teórico y empí- rico de Polanyi, el cuál afirma que “el gran descubrimiento de la reciente investigación histórica y antropológica es que la economía humana está sumergida por regla general en las relaciones sociales de los hombres” (Polanyi, 2007:94), y por ello “el sistema económico es una mera función de la organización social” (Polanyi, 2007:98). Este marco es el empleado por autores como Laville o Corragio pertenecientes a la ESS, pero la EBC carece de una fundamentación teórica de este calado. La economía, por tanto, no puede tener otro fin que estar servicio de las personas y por ello ambas propuestas aspiran a construir un modelo económico alternativo. El camino propuesto por la ESS para la sostenibilidad del sistema es la vía de la democratización, elemento que la EBC también incorpora en su modelo. Ello supone la reivindicación de la democracia directa, los procesos de cambio desde abajo y desde lo local, la redefinición del papel del sector público como creador de espacios para la autogestión de la sociedad civil y la reivindicación de la democratización de la economía. La vía democrática de transformación social implica que en cada momento del proceso haya que optar a favor de quiénes y de qué políticas estamos, y desde dónde, quiénes gobiernan y para qué. Esta debería ser siempre una opción consciente del pueblo, individual y colectiva; y para que así ocurra, debe ser construida, día a día, desde abajo (Villasante, 1995). Para ello ambas teorías proponen la realización de asambleas constituyentes, ya que todos los pueblos deberían poder ejercer su derecho a expresar sus puntos de vista e intereses en un proceso permanente (Felber, 2012). Lo que aparece en la ESS y la EBC es una nueva cultura de poder basada tanto en la participación colectiva creciente en el proceso de toma de decisiones como en la ejecución de las resoluciones y el control de los resultados y la gestión gubernamental toda, y para ello es necesario el empoderamiento creciente de los individuos y de los pueblos. Se refuerza así también la importancia y la reivindicación de la gestión de los bienes comunes, que pueden ser gobernados a través de la acción colectiva voluntaria, tal como comentábamos con anterioridad. La definición de los derechos individuales, entre ellos el de propiedad privada, cuenta con un largo recorrido, especialmente, en la cultura occidental, pero el ejercicio de la vida en común requiere nuevas fórmulas de derecho sobre los bienes comunales (Bollier y Helfrich, 2014). Asimismo, el derecho de propiedad individual debe estar sujeto a límites, en función de los procesos democráticos deliberativos (Felber, 2012 y Razeto, 2015). La vocación de transformación del modelo económico imperante trasciende el debate teórico y se traduce en activismo social y político. Ambas cuentan con grupos locales articulado en redes nacionales e internacionales como estrategia para la puesta en práctica de otra economía y para la transformación social.
Ello supone un cambio en la forma de hacer política, donde el detonante natural esperado, tanto en la EBC y la ESS, es la demanda de la sociedad civil de una democracia desde abajo, de otra forma de hacer política y economía. Esto es más factible de llevar a cabo en el ámbito de local, donde la democracia participativa es más fácil de ejercitar por las personas, aspecto especialmente relevante para la ESS. Esto supone, un cambio en los objetivos del desarrollo local desde la competitividad a la generación de bien común y la cooperación, por lo que todos los agentes deben compartir ese objetivo, mediante un cambio de valores y de incentivos. Por su parte, las administraciones locales, a pesar de tener competencias limitadas, conocen mejor la realidad del territorio donde se encuentran que otras administraciones superiores y su involucración es indispensable para empoderar a los individuos y posibilitar la creación de proyectos de ESS y EBC.
4.2. Elementos diferenciales
Los elementos diferenciadores que presentan ambos modelos residen en la visión de cómo la democracia se incardina en la empresa y el papel del capital, la determinación del valor social, las relaciones económicas en el mercado, la amplitud de las actividades mercantilistas y el papel del sector público.
4.2.1. La empresa y el capital
La ESS aparece como una respuesta a problemas sociales acuciantes, como el desempleo, la pobreza, la necesidad de servicios, etc. y de ahí la originalidad de sus respuestas a nivel microeconómico. Mientras que la EBC surge ante la convicción de que es necesario superar el modelo económico neoliberal destructivo actual mediante otro acorde con los valores humanos, las necesidades sociales y medioambientales. Tiene la voluntad de ir cambiando el sistema económico al cambiar y reorientar la actividad empresarial, pero parte de las organizaciones empresariales tanto clásicas como de la Economía Social y no propone ningún tipo de organización nueva, sino la transformación de la actividad empresarial para crear valor compartido y sostenibilidad. La red de la ESS no admite formas empresariales donde prime el capital, y existe además la necesidad de cumplir unos requisitos mínimos, acordes con los valores y principios de la ESS. La EBC abre la puerta a proyectos cuyo compromiso social puede ser inicialmente reducido y bajo cualquier forma societaria donde puede primar el capital, y sin tener un comportamiento mínimamente democrático, pero sí intención de iniciar un proceso de aprendizaje, reorientación y transformación de la actividad empresarial a través de la aplicación del Balance del Bien Común. Este elemento es, sin duda un elemento de divergencia importante, pues en el caso de la ESS existe una frontera clara entre las empresas que pertenecen a su proyecto y las que no, y por tantohay una parte del tejido empresarial actual, la gran mayoría, que no tiene cabida en la ESS. Por el contrario, la EBC abre la posibilidad de llegar a un público al que le puede resultar más difícil asumir todos y cada uno los principios de la ESS. Así, la EBC acepta que una empresa sin un trato justo en el reparto de los beneficios, donde prime el capital, y sin democracia obtenga una puntuación de 700 puntos respecto a 1.000, frente a la ESS, que no admitiría nunca este tipo de empresa. Ahora bien, si tenemos en cuenta la visión completa del modelo de la EBC, la empresa “ideal” de la EBC, la que genera más bien común, es aquella que cumple con los principios de la ESS, que sería la que obtendría la puntuación máxima. Un elemento fundamental de la EBC son una serie de propuestas para limitar la acumulación, uso y retribución del capital, por tanto coincide con la ESS sobre el papel subordinado del capital. Estas medidas están encuadradas dentro de una lógica teórica que pretende que el beneficio sea el medio y no el fin, pero sólo se podrían aplicar si fuesen aprobadas por los cauces democráticos pertinentes (Felber, 2012).
4.2.2. La contabilidad del valor social
La forma de comprobación del valor social a nivel microeconómico también es diferente en cuanto a la metodología. En el caso de la ESS, existe un comité de voluntarios que realizan la evaluación mediante el balance social, y en la EBC está planteado como un sistema bidireccional entre la empresa interesada y los auditores de la asociación de la Economía del Bien Común
. Este es un aspecto fundamental que debe ser evaluado y tratado en la EBC para evitar que se convierta en un sello más, o en un tipo de responsabilidad social avanzada. El aspecto de la medición del impacto social, mediante el balance del bien común, aunque con sus carencias metodológicas, ha sido un acierto porque presenta una forma de comunicación rápida y concreta de la propuesta hacia el resto de la sociedad. Además es una herramienta de aprendizaje porque permite a la empresa saber en qué estadio se encuentra, qué aspectos puede mejorar y cuál es la ruta a seguir. De hecho, el mercado social de REAS (Red de Economía Alternativa y Solidaria) en España ha incorporado un formato similar al propuesto por la EBC para la medición cuantitativa y el etiquetado para la evaluación de las organizaciones solidarias con una doble finalidad: para el proceso de mejora de la organización, y para transmitir información al resto de la sociedad.
En el orden macroeconómico, la EBC es consciente de la necesidad de medir los logros sociales con otros parámetros diferentes al PIB, y por ello propone la necesidad de una métrica del Producto del Bien Común Bruto, aunque esta propuesta todavía no se ha desarrollado, aspecto que la ESS no contempla.
4.2.3. Las relaciones económicas de producción, distribución y consumo
La ESS es una corriente transformadora, pues plantea que las maneras de organizarse econó- micamente son múltiples y variadas, no presenta un único camino o ruta para el proceso de transformación, por el contrario, dicho proceso de creación surge de la experimentación, de la práctica y del saber compartido. La realidad construida y compartida con bases solidarias sirve a otros colectivos para iniciar nuevos procesos, aportando nuevos saberes, como por ejemplo es el caso de las monedas sociales, las finanzas solidarias, los mercados sociales, el comercio justo, etc. Esta es la forma en la que la solidaridad se incorpora a los procesos económicos. Pero va un paso más allá, y además de empoderar a los sujetos haciéndoles recuperar su dimensión política gracias a la auto-gestión económica a nivel local, reivindica el derecho a decidir qué tipo de desarrollo desean vivir, sin una imposición externa a través del Estado o de políticas comerciales con terceros países. Por su parte, la EBC tiene como objetivo central que las decisiones económicas sigan basándose en los precios, pero que estos reflejen los costes y los beneficios sociales derivados de las relaciones económicas. El marco de incentivos institucionales es indispensable para generar un modelo económico distinto, y al igual que el actual sistema premia la acumulación de riquezas sin tener en cuenta ningún efecto sobre las demás personas, la EBC pretende revertir ese modelo. Por ello se hace imprescindible que la definición de los costes y beneficios sociales se articulen bajo un principio general de identificación del bien común, y bajo procesos democráticos que legitimen lo que las comunidades entienden por bien común. Al aplicar la matriz, se alinea la actividad empresarial con los fines y necesidades sociales, en lugar de convertirlos en externalidades que contribuyen a reforzar la contraposición entre los intereses empresariales y sociales, de modo que ambos se aúnan y contribuyen a que el progreso económico y el progreso social vayan de la mano. Sin embargo, la EBC no tiene un marco teórico de cómo fomentar la creación de redes cooperación, si no es por medio de incentivos públicos. En este sentido, la ESS ofrece aprendizajes sobre los procesos de cooperación entre las personas, pues a pesar de la falta de incentivos monetarios, posee un gran bagaje de buenas prácticas sociales, económicas, democráticas….de las que la EBC puede y debe beneficiarse, al igual que existen muchas otras corrientes con las que puede entrar en diálogo, economía de los cuidados, decrecimiento, etc. y viceversa. Desde nuestra perspectiva, ambas propuestas no son contradictorias, por el contrario, están buscando soluciones complementarias y necesarias para cambiar el funcionamiento del mercado capitalista. Si no existe una conciencia ciudadana, solidaria y ética, es muy difícil que se produzca una transformación institucional, como propone la EBC. Por otro lado, la reforma de mercado propuesta para la EBC consideramos que es un marco institucional adecuado para el desarrollo de las iniciativas de ESS, y su ampliación en ámbito económico.
4.2.4. Sector público
El rediseño del papel del sector público en ambas corrientes es fundamental. Ya nos es solucionador de los “fallos del mercado”, si no el co-creador de otro tipo de mercado, basado en permitir a la sociedad civil ser la artífice y protagonista de la vida pública. Los cambios que ambas corrientes proponen es el fortalecimiento de la democracia directa, espacios para la autogestión y la redefinición de los derechos de propiedad, el diseño de políticas de desarrollo, aspectos ya tratados, la modificación de los incentivos del mercado y los parámetros de valoración del propio funcionamiento del sector público. Ambas corrientes coinciden en crear incentivos desde el sector público para las actividades con impacto social mediante las cláusulas sociales, pero la ESS sólo propone la aplicación de cláusulas sociales para sus organizaciones. La EBC, por su parte, amplia esta propuesta para transformar todo el mercado como un sistema institucional que fomente y reconduzca el comportamiento de los actores económicos, y los alinee con los valores humanos básicos en sus decisiones económicas. La EBC confía en que los procesos democráticos sean lo suficientemente fuertes e importantes para que la sociedad civil controle como el sector público puede incidir en todo el diseño del mercado. Sin embargo, la ESS considera que esta es una labor que se debe realizar principalmente a escala local, porque es la escala de dimensión humana dónde se pueden generar relaciones de confianza, y el diseño de precios se puede realizar de forma autogestionada (Carragio, 2009). Por último, la EBC va un paso más allá respecto a las administraciones y propone que ellas mismas sean generadoras de bien común a través de su gestión interna, en su relación con los proveedores, y con los ciudadanos, y como ejemplo del cambio de valores y objetivos, y en esta reconducción gracias a la aplicación del BBC a los municipios, que como hemos comentado antes, se puede aplicar a todo tipo de organización: empresas, ONG´s, comunidades de vecinos, etc.
5.Conclusiones
En este trabajo se han presentado los elementos básicos de la ESS y de la EBC, con el objeto de determinar hasta qué punto se pueden considerar propuestas complementarias. Nuestra primera valoración es la existencia de una serie de elementos comunes como es la reivindicación de la necesidad de otro modelo económico, la defensa de la existencia de unos valores humanos en las relaciones económicas y la democracia como elemento fundamental de transformación social.
En ambas, la sociedad civil no se representa como un “contrapoder” sino como la fuente de un proceso integral de gestación de nuevos valores y relaciones. La superación del capitalismo requiere otra lógica del funcionamiento diferente a la de la acumulación del capital, y esto significa una transformación de las conciencias. Esta se inicia cuando los pueblos tratan de dar respuesta a sus necesidades y se organizan proponiendo alternativas, impulsando la participación democrática y organizándose políticamente, construyendo así un poder político-cultural desde abajo. Se trata de un proceso integral de cambio consciente y activo, que gesta una nueva realidad que abarca a todas las áreas de la vida, pues todas ellas están interrelacionadas (Rauber, I. 2006). Lo que aparece en la ESS y la EBC es una nueva cultura de poder basada en la participación colectiva democrática en el proceso de toma de decisiones, en la ejecución de las resoluciones y el control de los resultados y la gestión gubernamental, y para ello es necesario el empoderamiento creciente de los individuos y de los pueblos. Aparece así también la importancia de la gestión de los bienes comunes, que pueden ser gobernados a través de la acción colectiva voluntaria, tal como sugiere los estudios de Ostrom (2003), como esfera diferente al mercado y al estado. Frente al sometimiento a “la lógica de los mercados” se aboga, desde la ESS y la EBC, por una supeditación del mercado a la racionalidad político democrática, es decir, como única manera de reequilibrar las relaciones de poder y hacer que el sistema funcione al servicio de la sociedad, y no al revés. De esta manera, sería posible recuperar el sentido original de la Ciencia Económica, definida como la ciencia que se encarga de la creación de riqueza, su distribución y consumo con el objetivo de cubrir las necesidades humanas y aumentar su bienestar (Felber, 2012). Sin embargo, ambas corrientes ofrecen una visión diferente de cómo podría producirse un cambio en el sistema económico mediante la democracia, que nos conduzca a una vida sostenible. Este es sin duda el punto de tensión o divergencia pues dicho proceso de democratización en la ESS se concreta en la autogestión de una gran parte de la actividad económica a escala local. La EBC por su parte, propone crear mecanismos e incentivos que generen otros resultados desde el mismo mercado y promuevan un contexto más favorable a las organizaciones que tienen un compromiso con la sociedad, reorientando todos los procesos económicos actuales hacia el bien común. La implementación práctica de estas propuestas teóricas pueden presentar el mismo riesgo, no tener la capacidad transformadora suficiente. En el caso de ESS, se puede deber, en nuestra opinión, por no llegar a todos los sectores de la sociedad debido a un discurso que plantea un modelo con unos parámetros muy diferentes a los actuales. Por su parte, la EBC necesita de los medios institucionales que permitan a la sociedad civil ejercer una democracia que controle realmente al sector público. De lo contrario, la aplicación de los incentivos públicos para modificar los precios no contará con la suficiente garantía de que realmente reflejen los beneficios y costes sociales
Una ventaja de la EBC es que construye un nuevo marco analítico, pues permite el empleo de otro lenguaje y otra dialéctica, pero dentro de la lógica de mercado. Además, la vía de transformación propuesta por la EBC puede incorporar a más agentes económicos y políticos que la ESS, pues es un proceso gradual, frente a la ESS que es más exigente, en cuanto a la necesidad de adhesión a todos sus principios. Pero no debemos olvidar que, bajo los parámetros de la EBC, los proyectos que generarían más bien común son los que están desarrollados en la ESS. A partir del reconocimiento en las diferencias en la metodología del cambio, consideramos que existen varios ámbitos de complementariedad teórica y práctica. Desde una perspectiva teórica, la EBC tiene menor fundamentación, por lo que podría nutrirse de elementos más elaborados procedentes de la ESS, como la visión antropológica, los procesos democráticos, la creación de redes de cooperación como los mercados sociales, etc. Asimismo, la propuesta de investigar las posibilidades de medición en una economía del producto del bien común es innovadora, y sugiere la necesidad de profundizar su relación con otras visiones del progreso de una sociedad, como es la economía de la felicidad, el buenvivir, la teoría de las capacidades, etc., que tienen en cuenta otras dimensiones del bienestar de la persona, y que podrían ofrecer a la economía solidaria nuevas herramientas de evaluación. Las mediciones son herramientas importantes para las actividades de difusión de los criterios normativos y para poder formular y evaluar políticas públicas más efectivas, puesto que: “Lo que medimos afecta a lo que hacemos; y si nuestras mediciones son defectuosas, nuestras decisiones se pueden distorsionar” (Stiglitz, Sen y Fitoussi, 2013:1). Por otra parte, desde una perspectiva práctica, el recorrido de la ESS es mucho más amplio y variado, que aporta a la EBC todo un campo de buenas experiencias y proyectos reales como referencia y ambas, a su vez, se pueden nutrir de planteamientos y soluciones que surgen en la gestión de los comunes, la economía colaborativa, la economía circular, etc. La interacción permitiría avanzar en algunas grandes líneas como son: democratizar la economía de mercado internacional, sostener la economía de mercado territorial, relegitimar la economía no mercantil y tomar en consideración la economía no monetaria, lo que implica la creación de nuevos espacios públicos a nivel regional e internacional. Sin duda alguna, el gran desafío de ambas propuestas es llegar a demostrar que los principios democráticos pueden ser un modo de gestión, de mediación, y de regulación económica en la producción y el consumo de bienes y servicios (Fraisse, L. 2004:2). Por tanto, existe todo un campo de confluencia teórica y práctica en el que trabajar con otras corrientes en aras de comprender y mejorar los procesos democráticos, la participación activa y solidaria de la sociedad en la autogestión de su desarrollo, los cambios institucionales del mercado y del sector público: jurídicos, políticos y económicos, una nueva métrica del valor social y su incorporación a los procesos económicos
Bibliografia
ACOSTA, A. & MARTÍNEZ, E. (Comps.) (2011): La naturaleza con derechos: de la filosofía a la polí- tica, Abya-Yala, Quito.
ALVES DA SILVA, R.M. (2006): Entre o combate à seca e a convivência com o semiárido. Tesis doctoral. Brasilia, Universidad de Brasilia, en: http://repositorio.unb.br/bitstream/10482/2309/1/2006_Roberto%20Marinho%20Alves%20da%20Silva.pdf
ARGANDOÑA, A. (2011): “El bien común”, Documento de Investigación DI-937, IESE Business SchoolCátedra “la Caixa” de Responsabilidad Social de la Empresa y Gobierno Corporativo. ARISTÓTELES (1984): Nicomachean Ethics. En: Barnes, J. (ed.), The complete Works of Aristotle, vol. 2. Pricenton: Princenton University Press.
ARRUDA, M. (2004): “¿Qué es la Economía Solidaria? El renacimiento de una sociedad humana matrística”, Ecología Política, 27, 71-76.
ASKUNZE, C. (2013): “Más allá del capitalismo: alternativas desde la Economía Solidaria”, Documentación Social, 168, 97-116.
ASOCIACIÓN DE ECONOMÍA DEL BIEN COMÚN (2014): Balance del Bien Común, Asociación de Economía del Bien Común en http://economia-del-bien-comun.org/es/content/primeros-pasos
ASOCIACIÓN DE ECONOMÍA DEL BIEN COMÚN (2014): Balance del Bien Común Municipal, Asociación de Economía del Bien Común en http://www.ebczaragoza.org/documentos/
BERNAL, E. & EDGAR, C. (2011): “Human consciousness as a base for sustainability in socio-economic-ecological systems”, International Journal of Environment and Sustainable Development, 10 (3), 229-245.
BOCAYUVA, P.C.C. (2000): “A economia solidária entre a resistência e a utopia”, Proposta, 86, 18-29. BOLLIER, D. & HELFRICH, S. (Ed.) (2014): The wealth of the commons: A world beyond market and state, Levellers Press.
BORZAGA, C. & DEFOURNY, J. (2004): The emergence of social enterprise, Psychology Press. CALVO, P. (2013): “Fundamentos de la economía civil para el diseño de las Organizaciones”, Revista Internacional de Organizaciones, 10, 65-84.
CARRASCO, C. (2011), “La economía del cuidado: planteamiento actual y desafíos pendientes”, Revista de Economía Crítica, 11, 17-32. 33
LA ECONOMÍA DEL BIEN COMÚN Y LA ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA, ¿SON TEORÍAS COMPLEMENTARIAS? CIRIEC-España, Revista de Economía Pública, Social y Cooperativa ISSN: 0213-8093 Bibliografía
CASTELAO CARUANA, M.E. (2009): “La Economía Social y Solidaria en las políticas públicas argentinas, instrumento de política o alternativa socioeconómica. Un análisis preliminar”, Revista Venezolana de Economía Social, Año 9, nº 17, Enero-Junio, 30-48.
CHAVES, R. & DEMOUSTIER, D. (Dir.) (2013): The emergence of social economy in public policy. An international perspective, Bruxelles: Peterlang publishers.
COMITÉ ECONOMICO Y SOCIAL EUROPEO (2015): “Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema La Economía del Bien Común: un modelo económico sostenible orientado a la cohesión social”.
En https://dm.eesc.europa.eu/eescdocumentsearch/Pages/opinionssearch.aspx
CORAGGIO, J.L. (2005): “Economía social como vía para otro desarrollo social”, Boletín Tecnología para la Organización Pública, vol. 12.
CORAGGIO, J.L. (2007): “Una perspectiva alternativa para la economía social: de la economía popular a la economía del trabajo”. En: Coraggio, J.L., La Economía Social desde la periferia. Contribuciones latinoamericanas, Buenos Aires: Altamira, 165-194.
CORAGGIO, J.L. (Ed.) (2009): ¿Qué es lo económico? Materiales para un debate necesario contra el fatalismo, Buenos Aires: Ciccus.
CORAGGIO, J.L. (2011): Economía social y solidaria. El trabajo antes que el capital, Quito: Abya Yala. CORAGGIO, J.L. (2012): “Las tres corrientes vigentes de pensamiento y acción dentro del campo de la Economía Social y Solidaria (ESS): Sus diferentes alcances”. Acceso virtual: 20 de junio 2016.
CRESPO, B. & SABIN, F. (2014): “Los mercados sociales. La economía solidaria en acción transformadora”, Documentación Social, 174, 95-116 DASH, A. (2013): “Towards and Epistemological Foundation for Social and Solidarity Economy”. UNRISD Conference on the Potential and Limits of Social and Solidarity Economy, Geneva.
DE AQUINO, T. (1981): Summa Theologica, New York, Christian Classics.
DEFOURNY, J. & NYSSENS, M. (2012): “El enfoque EMES de la empresa social desde una perspectiva comparada”, CIRIEC-España, Revista de Economía Pública, Social y Cooperativa, 75, 7-34. DEFOURNY, J., DEVELTERE, P. & FONTENEAU, B. (1999): Social Economy - North and South, HIVA, UKLeuven.
DENEULIN, S. & TOWNSEND, N. (2007): “Public goods, global public goods and the common good”, International Journal of Social Economics, 34 (2), 9-36.
DI MAGGIO, P.J. & POWELL, W. (1983): “The Iron Cage Revisited: Institutional Isomorphism and Collective Rationality in Organizational Fields”, American Sociological Review, 48 (2), 147-160. DONATI, P. (2007): “Capitale sociale, reti associazionali e beni relazionali”, Impresa Sociale, 2 (76), 168-191. 34
GÓMEZ CALVO, VERÓNICA Y GÓMEZ-ÁLVAREZ DÍAZ, ROSARIO CIRIEC-España, Revista de Economía Pública, Social y Cooperativa ISSN: 0213-8093 ESPARTA SOLOETA, I. (2002): Análisis Económico Institucionalista: Una economía política para la transformación social, Escuela Universitaria de Estudios Empresariales de Bilbao, UPV/EHU, disponible en: http://pendientedemigracion.ucm.es/info/ec/jec8/Datos/documentos/comunicaciones/Fundament os/Esparta%20I%F1aki.PDF
ETXEZARRETA, E. & MONRANDEIRA, J. (2012): “Consideraciones conceptuales sobre la Economía Social a la luz de la Ley 5/2011”, Revista vasca de economía social / Gizarte ekonomiaren euskal aldizkaria, 8, 7-36.
EVERS, A. & LAVILLE, J.L. (Ed.) (2004): The third sector in Europe, Edward Elgar Publishing. FAJARDO GARCIA, G. (2012): “El concepto legal de economía social y la empresa social”, Revista vasca de economía social, 8, 63-84.
FAVREAU, L., LACHAPELLE R. & LAROSE G. (2003): “Social and solidarity economy: A credible alternative on a global scale?”, Economie et solidarités, 190-196.
FAVREAU, L. & VAILLANCOURT, Y. (2001): “Le modè le québécois d économie sociale et solidaire”, Revue internationale de l économie sociale, 281, 45-67.
FELBER, C. (2008): Neue Werte Für die Wirtschaft. Eine Alternative zu Kommunismus und Kapitalismus, Ed. Deuticke, Viena.
FELBER, C. (2012): La Economía del Bien Común, Grupo Planeta, Ediciones Deusto, Barcelona.
FRAISSE, L. (2004): "Economía solidaria y democratización de la economía". En: J.L. Laville (ed.), Economía social y solidaria. Una visión europea, Buenos Aires, Fundación OSDE -Universidad Nacional de General Sarmiento- Editorial Altamira.
GAIGER, L.I. (2007): “La Economía Solidaria y el capitalismo en la perspectiva de las transiciones históricas”. En: Coraggio, J.L. La economía social desde la periferia, contribuciones latinoamericanas, Ed. Altamira-UNGS, Buenos Aires.
GALLICCHIO, E. (2004): “El desarrollo económico local en América Latina. ¿Estrategia económica o de construcción de capital social?”. En: Seminario gobierno local y desarrollo, 28 y 29 de Enero, Barcelona, Centro Latinoamericano de Economía Humana.
GARAFOLI, G. (1992): “Endogenous development and Southern Europe: An introduction”. In: Garafoli, G. (Ed.), Endogenous development and Southern Europe, Avebury; Brookfield, Vt., USA: Ashgate Pub. Co, Aldershot, Hants., England.
GEORGESCU-ROEGEN, N. (1971): The entropy law and the economic process, Cambridge, Mass. and Londres, Harvard University Press. G
GÓMEZ CALVO, V. & GÓMEZ-ÁLVAREZ, R. (2014): “Herramientas de la Economía del Bien Común para la transformación económica, social y política”, Revista Deusto de Estudios Cooperativos, 5, 13-42. 35
GUERRA, P. (2010): “La Economía Solidaria en Latinoamérica”, Papeles de relaciones ecosociales y cambio global, 110, 67-76.
GUERRA, P. (2011): “¿Cómo denominar a las experiencias económicas solidarias basadas en el trabajo? Diálogo entre académicos latinoamericanos acerca de la polémica conceptual”, Otra Economía, 1(1), 21-27.
GUI, B. (2005): “From transactions to encounters: the joint generation of relational goods and conventional values”, Economics and social interaction: Accounting for interpersonal relations, 23-51.
HARDIN, G. (1968): “The Tragedy of Commons", Science, 162, 1243-1248.
HERRERO, Y. (2011): “Propuestas eco-feministas para un sistema cargado de deudas”, Revista de Economía Crítica, 13, 30-54.
HERRERO, Y. (2012): “Perspectivas ecofeministas para la construcción de una economía compatible con una vida buena”, En: Sostenibilidad de la vida. Aportaciones desde la Economía Solidaria, Feminista y Ecológica,
REAS, Red de Economía Alternativa y Solidaria de Euskadi, 55-68.
HOLLENBANCH, D. (2002): The Common Good and Christian Ethics, Cambridge: Cambridge University Press.
KYMLICKA, W. (1995): Filosofía política contemporánea. Una introducción, Ariel, Barcelona. LATOUCHE, S. (1991): La Planète des naufragés, La Découverte, Paris.
LATOUCHE, S. (2009): Pequeño Tratado del Decrecimiento Sereno, Icaria, Barcelona.
LAVILLE, J. (Dir.) (1994): L’économie solidaire; une perspective internationale, Paris: Desclée de Brouwer. LAVILLE, J.L. (Ed.) (2004): Economía social y solidaria. Una visión europea, Buenos Aires, Fundación OSDE -Universidad Nacional de General Sarmiento- Editorial Altamira. LAVILLE, J.L. & GARCÍA, J. (2009): Crisis capitalista y Economía Solidaria, Barcelona, Icaria.
MARTÍNEZ, A. & ÁLVAREZ, S. (2008): “La economía crítica y solidaria: perspectivas teóricas y experiencias para la construcción de una economía alternativa”. En: La situación del mundo 2008. Innovaciones para una economía sostenible, Informe anual del Orldwatch Institute sobre el Progreso hace una Sociedad Sostenible, Barcelona: CIP-Ecosocial e Icaria, 371-486.
MAX-NEEF, M. (1994): Desarrollo a escala humana: Conceptos, aplicaciones y reflexiones, Icaria Editorial, Barcelona, España.
MONZÓN, J.L. (2003): “El cooperativismo en la historia de la literatura económica”, CIRIEC-España, Revista de Economía Pública, Social y Cooperativa, 44, 9-32.
MONZÓN, J.L. (2006): “Economía Social y conceptos afines, fronteras borrosas y ambigüedades conceptuales del Tercer Sector”, CIRIEC-España, Revista de Economía Pública, Social y Cooperativa, 56, 9-24. 36
GÓMEZ CALVO, VERÓNICA Y GÓMEZ-ÁLVAREZ DÍAZ, ROSARIO CIRIEC-España, Revista de Economía Pública, Social y Cooperativa ISSN: 0213-8093
MONZÓN, J.L. (2013): “La Economía Social desde la perspectiva Europea”. En: Oulhaj, L. (Coord): Miradas sobre la economía social y solidaria en México, Co-Unidad Universitaria del Golfo Centro, México, 75-89.
MONZÓN, J.L. & CHAVES, R. (2012): La economía social en la Unión Europea, Comité Económico y Social Europeo, Bruselas. N
AREDO, J.M. (2003): La Economía en Evolución. Historia y Perspectivas de las categorías del pensamiento económico, S. XXI, Madrid.
NORTH, D.C. (1990): Institutions, Institutional Change and Economic Performance, Cambridge: Cambridge University Press.
NUSSBAUM, M.C. (1986): The Fragility of Goodness. Luck and Ethics in Greek Tragedy and Philosophy, Cambridge, Cambridge University Press.
OSTROM, E. (1998): “A behavioural approach to the rational choice theory of collective action”, American Political Science Review, 1 (92), 1-22.
OSTROM, E. (2003): “Toward a behavioral theory linking trust, reciprocity and reputation”. In: Trust and reciprocity. Interdisciplinar lessons from experimental research, Department of Sociology, University of Oxford. OUID AHMED (2015): “What does ‘solidarity economy’ mean? Contours and feasibility of a theoretical and political project”, Business Ethics: A European Review, 24 (2), 425-435. PARLAMENTO EUROPEO (2009): Resolución del Parlamento Europeo, de 19 de febrero de 2009, sobre economía Social, http://www.europarl.europa.eu/
PÉREZ DE MENDIGUREN, ETXEZARRETA & GURIDI (2012): “Economía Social, Empresa Social y Economía Solidaria: diferentes conceptos para un mismo debate”, Papeles de Economía Solidaria, 1, 7-38.
PÉREZ DE MENDIGUREN, J.C. & ETXERRETA, E. (2015): “Sobre el concepto de economía social y solidaria: aproximaciones desde Europa y América Latina”, Revista de Economía Mundial, 40, 123-143. POLANYI, K. (2007): La gran trasformación. Los orígenes políticos y económicos de nuestro tiempo, Fondo de Cultura Económica, Buenos Aires.
PORTER, M.E. & KRAMENER, M.R. (2011): “Creating shared value”, Harvard Business Review, 89(1/2), 62-77. RAUBEN, I. (2006): Sujetos Políticos. Rumbos estratégicos y tareas actuales de los movimientos sociales y políticos, Sango Domingo, República Dominicana, Editorial Pasado y Presente XXI, disponible en: http://es.scribd.com/doc/77913529/Isabel-Rauber-Sujetos-Politicos RAZETO, L. (1984): Economía de Solidaridad y Mercado Democrático, Ediciones PET, Santiago. RAZETO, L. (2015): Tópicos de Economía Comprensiva, Ediciones Univérsitas Nueva Civilización, Santiago de Chile.
Auditoria Social, https://madrid.mercadosocial.net/balance.php RED DE ECONOMÍA ALTERNATIVA Y SOLIDARIA: Carta de principios, http://economiayderechos.observatoridesc.org/economia-solidaria-y-derechos-humanos/principios RIPPES (2013): Carta de la Economía Solidaria, http://www.ripess.org/wp-content/uploads/2013/06/DOC3_global_vision_RIPESS_Char_ES.pdf
ROEMER, J.E. (2012): “On several approaches to equality of opportunity”, Economics and Philosophy, 28(02), 165-200.
SANDEL, M. (1982): Liberalism and the Limits of Liberty, Cambridge University Press, Cambridge. SANTOS, B.S. & GARAUTI, C.A.R. (2007): “Para ampliar el canon de la producción”, Otra Economía, 1 (2), 8-13.
SASIA, P. (2012): “La Banca Ética en Europa: el enfoque del crédito como criterio de configuración de un espacio de alternativa”,
CIRIEC-España, Revista de Economía Pública, Social y Cooperativa, 75, 277-299. SEN, A. (1981): “Development: Which Way Now?”, Economic Journal, 93, 745-62. SEN, A. (1999): Development as Freedom, Nueva York: Knopf.
SINGER, P. (2009): “Relaciones entre sociedad y Estado en la economía solidaria”, Íconos: Revista de Ciencias Sociales, 33, 51-65. SISODIA, R. (2011): “Conscious Capitalism: A Better Way to Win”, California Management Review, 53:3, 98-108.
STIGLITZ, J.E., SEN, A. & FITOUSSI, J.P. (2013): Medir nuestras vidas, RBA Libros.
STRADA RODRÍGUEZ, J. (2012): “Debates al interior de la economía social: la reconfiguración neoliberal y la visión regeneradora de las políticas sociales”, Papeles de Trabajo, 24, Diciembre, Centro de Estudios Interdisciplinarios en Etnolingüística y Antropología Socio-Cultural, 49-72. UHLANER, C.J. (1989): “Relational goods and participation: Incorporating sociability into a theory of rational action”, Public choice, 62 (3), 253-285.
VÁZQUEZ, B. (2000): Desarrollo económico local y descentralización: aproximación a un marco conceptual proyecto CEPAL/GTZ. Desarrollo económico local y descentralización en América Latina. Santiago de Chile, CEPAL.
VILLASANTE, T.R. (1995): Las democracias participativas, HOAC, Madrid.
ZAMAGNI, S. (2012): Por una economía del bien común, Ciudad Nueva.
ZAMAGNI, S. & BRUNI, L. (2007): Economia civile: efficienza, equità, felicità pubblica, Il Mulino, Bologna
http://www.ciriec-revistaeconomia.es/banco/8704_Gomez_Gomez_OLF.pdf
Cap comentari:
Publica un comentari a l'entrada