El pasado viernes, 12 de abril, el Consejo de Ministros aprobó el
Plan para el impulso de la contratación pública socialmente responsable,
en el marco de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público.
· Se sistematizan y recopilan las orientaciones para la redacción de pliegos de licitación pública. Así, por ejemplo, se determina que no podrán licitar las empresas que no cumplan la cuota de reserva del 2% para personas con discapacidad, se rechazarán las propuestas que vulneren la normativa social, o las que no tengan en cuenta criterios de calidad (no solo de coste).
· Se sistematizan y recopilan las orientaciones para la redacción de pliegos de licitación pública. Así, por ejemplo, se determina que no podrán licitar las empresas que no cumplan la cuota de reserva del 2% para personas con discapacidad, se rechazarán las propuestas que vulneren la normativa social, o las que no tengan en cuenta criterios de calidad (no solo de coste).
· Se incorpora la previsión de creación de un grupo de trabajo en
el seno de la Comisión Interministerial que deberá identificar las
previsiones en materia de contratación pública socialmente responsable.
· Se impulsa la formación entre técnicos y gestores de la
Administración Pública para que puedan aplicar las directrices que
determine el Plan y hagan efectivos los parámetros de la contratación
social.
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